24. Por la cultura preventiva y la Seguridad y Salud en el trabajo
24.1. Derogación de la normativa actual relativa a la retención de haberes en caso de incapacidad laboral transitoria. 100 % de las retribuciones en todos los casos de ILT.
24.2. Cumplimiento estricto de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (31/95) para una protección eficaz en Seguridad y Salud Laboral. La prevención ha de integrarse en la gestión, las actividades y los niveles, así como en la toma de decisiones en los centros educativos y en la Administración. En los Centros escolares, la normativa referente a la prevención de riesgos debe cubrir también el alumnado.
24.3. Desarrollo integral de Planes de Prevención, con participación de los trabajadores y las trabajadoras y de sus representantes en las diferentes fases y desarrollos: implantación, aplicación, evaluación de riesgos, planificación, organización preventiva y acceso a la documentación.
24.4. Constitución y funcionamiento normalizado de los comités de Seguridad y Salud Laboral, órganos democráticos de participación y gestión a través de los delegados y delegadas de Prevención, así como de Mesas o Comisiones de Seguridad y Salud Laboral. Incorporación a los centros de la figura del coordinador/a de Prevención de Riesgos Laborales, que ha de poder reservar una parte de su horario lectivo para el cumplimiento de estas tareas.
24.5. Creación por las Administraciones Autonómicas de Servicios de Prevención propios y cancelación de los contratos privados vigentes en la actualidad. Control de su dimensión, de su funcionamiento y eficacia.
24.6. Evaluación de Riesgos y Planes de Prevención en los centros educativos, que actúen rápidamente en riesgos muy graves e inminentes. Inclusión de asesoramiento técnico en todos los Planes de Autoprotección, Mejora de instalaciones y de Emergencia.
24.7. Medidas para la adaptación de los puestos de trabajo para los trabajadores y trabajadoras de la enseñanza que han sufrido daños en su salud por grave riesgo profesional -exposición a agentes biológicos, patologías de las cuerdas vocales, síndrome del quemado, enfermedades músculo-esqueléticas, estrés, mobbing, etc.— o que lo necesiten por sus características personales, discapacidad física, psíquica o sensorial, trabajadoras/es de “especial sensibilidad” que tienen un trato diferenciado en la Ley de Prevención. Planes para las situaciones de riesgo en colectivos específicos: profesorado interino, mujeres, itinerantes, personas mayores de 55 años, personas con discapacidad.
24.8. Las Administraciones Educativas ofertarán cursos de formación sobre salud laboral dirigidos a las coordinadoras y coordinadores de riesgos laborales de cada centro y al conjunto del profesorado. La formación sobre salud laboral tiene que incluir la perspectiva de género de acuerdo con los estudios médicos y sociales llevados a cabo por organizaciones e instituciones en la adecuada protección de la salud física, social y psíquica.
24.9. Reconocimiento de todas las enfermedades profesionales según la legislación Internacional – sobre todo europea- que adapte nuestra legislación a las nuevas realidades. Proponer cambios legislativos y reconocimiento del concepto de “daño para la salud” y la puesta en marcha inmediata de los protocolos de solicitud y gestión. Exámenes de salud y estudios epidemiológicos que relacionen enfermedades profesionales y condiciones de trabajo, incluyendo las últimas pruebas para poder prever y tratar enfermedades que se pudieran activar por la edad o componentes genéticos, asegurando en todo momento la privacidad de la información para fines médicos. Realizar la vigilancia de la salud adaptando los exámenes médicos específicos al puesto de trabajo.
24.10. Los riesgos psicosociales deben formar parte de todas las evaluaciones de riesgos laborales. Dada la complejidad de tratamiento de los acosos, y establecimiento en las Administraciones de un equipo de expertos técnicos con la participación sindical que garantice transparencia en el proceso y alta cualificación en el diagnóstico.
24.11. Estudio y evaluación por parte de las Administraciones y de las empresas de los riesgos emergentes y de constatación a largo plazo: campos electromagnéticos, ruido, ambiente contaminante, productos químicos, desechos residuales…
24.12. Establecimiento por parte de la administración de un protocolo de actuación ante el acoso moral y psicológico, que conlleve la asesoría psicológica y legal para todos los trabajadores/as , así como el seguimiento de los estudios de incidencia en centros de trabajo , para poder evaluar y tomar medidas correctoras imprescindibles para que no vuelva a suceder.
24.13. Puesta en marcha de un protocolo de prevención de agresiones, que analice, valore y adopte medidas para eliminar todo tipo de manifestaciones de violencia hacia el profesorado.
24.14. Clarificación del concepto de responsabilidad civil del ejercicio de la docencia.
24.15. Protocolo de actuación en caso de urgencias médicas, y dotación de personal sanitario en aquellos centros que lo precisen por las características del alumnado.
24.16. Creación de un centro de asesoramiento técnico on-line y telefónico para los coordinadores de prevención de riesgos laborales en los centros.
24.17. Protocolo de inclemencias meteorológicas.
24.18. Poner en marcha planes de educación voluntarios para el grave problema de la conciencia del tabaquismo en nuestro sector que motive y palie las consecuencias de las enfermedades derivadas de ello. Seguir contando con las unidades básicas de Salud del Ministerio de Sanidad para su puesta en práctica.
24.19. Desarrollar un plan de movilidad sostenible para las/los trabajadores que se desplacen al centro de trabajo, primando económicamente y con otras medidas de apoyo institucional de transporte, para evitar los accidentes en itinere y su lacra en nuestra profesión.
24.20.Hacer cumplir la Ley de Seguridad Social que haga figurar un libro de Registro de accidentes laborales en cada centro- sobre todo en los más grandes-, pudiéndose añadir en él los riesgos percibidos por los/as trabajadores del centro, que serían evaluados en el futuro por los Comités de Seguridad y Salud y expertos de las áreas de Prevención..